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Posición de garante

CONCEPTO DE POSICIÓN DE GARANTE

La posición de garante (Garantenstellugen), "es entendida como el deber jurídico que tiene el autor de evitar un resultado típico, ubicación que le imprime el obrar para impedir que éste se produzca cuando es evitable."

De acuerdo a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia la posición de garante es “la situación en que se halla una persona, en virtud de la cual tiene el deber jurídico concreto de obrar para impedir que se produzca un resultado típico que es evitable. Por ello, cuando quien tiene esa obligación la incumple, y con ello hace surgir un evento lesivo que podía ser impedido, abandona dicha posición de garante”.

En este sentido quien por obligación legal o constitucional está obligada a actuar de cierto modo y no lo hace dando lugar a un resultado dañino que con su actuar conforme a lo establecido por la ley o la constitución se hubiere evitado, tendrá responsabilidad del resultado ocasionado con su omisión, como si de un delito de carácter comisivo se tratare, en este orden de ideas, quien teniendo el deber jurídico de actuar de cierto modo omitiere hacerlo y que con su omisión se ocasione un daño jurídicamente desaprobado, será responsable del resultado dañino a título de comisión por omisión.

El garante es entonces quien tiene un deber jurídico de cuidar o preservar algunos bienes jurídicos (La vida, La integridad personal, La libertad individual, La libertad y formación sexual) de las personas que tiene bajo su cargo o cuidado en virtud de ley, esto encontrándose bajo amenaza de una pena que se impondrá en el evento en que omita su deber de actuar, caso en el cual se impondrá la sanción determinada por mandato legal.

El código penal colombiano, ley 599 del año 2000, contempla la posición de garante en su artículo 25. donde además establece cuatro situaciones en las cuales se tiene la posición de garante.